LEY SIMPLE

Ley Simple es una versión en lenguaje claro de las normas que atraviesan la vida cotidiana de quienes habitan o visitan la Ciudad de Buenos Aires.
Se explica el contenido de las leyes en la forma de hablar de todos los días. También se sugiere bibliografía para  enriquecer el análisis de los temas abordados.
El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial.

Gratuidad de transporte subterráneo para personas mayores

17/7/2025
Por: Iañez, Berenice - Barroetaveña, Matías - Bielli, María y otros

Gratuidad del transporte subterráneo para personas jubiladas, pensionadas y retiradas de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

Objetivo. Esta ley garantiza el transporte subterráneo en forma gratuita a las personas jubiladas, pensionadas y retiradas de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Requisitos para el uso del beneficio: los ingresos mensuales de las personas beneficiarias no deben superar el valor de 2 y ½ haberes mínimos jubilatorios fijados por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Deben tener domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Pases: Las personas que cumplan estos dos requisitos, deben solicitar un pase gratuito en todas las estaciones cabeceras de subterráneos y sedes comunales, en los días y horarios que disponga la autoridad de aplicación. Se puede realizar el trámite de forma digital.

Formato del Pase: El pase gratuito debe ser con formato de tarjeta magnética. La autoridad de aplicación debe unificar las demás tarjetas magnéticas utilizadas en la red de subterráneos de la Ciudad con este sistema de pase que permita su uso en los medios de transporte de las distintas jurisdicciones.

Validez: El pase gratuito tiene validez por un plazo de 5 años desde su entrega a las personas beneficiarias y puede ser renovado de forma indefinida por igual plazo si cumplen los requisitos. Si la persona beneficiaria no usa el pase por un período de 2 años corridos, se da de baja al beneficio de forma automática. Es posible solicitarlo nuevamente.

Uso del Pase: Este beneficio es de uso personal y no se puede transferir. La autoridad de aplicación debe dar de baja por 6 meses el beneficio, a quien se le verifique el uso indebido del pase. Cumplido el plazo de la baja, el beneficiario debe realizar el trámite para solicitar el pase nuevamente. La autoridad de aplicación puede solicitar a las personas beneficiarias el Documento Nacional de Identidad o Carnet Jubilatorio para comprobar su identidad.

Extravío: En caso de extravío de las tarjetas magnéticas pueden ser solicitadas otra vez, de manera gratuita en los mismos lugares, días y horarios.

Gratuidad del Servicio: La gratuidad del transporte subterráneo para las personas beneficiarias rige para todos los días y horarios en que el servicio esté funcionando.

Reglamentación: La autoridad de aplicación debe reglamentar esta ley en un plazo máximo de 90 días de su publicación en el Boletín Oficial.



Ver Ley
Texto de la Ley
ícono ilustrativo
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
ícono ilustrativo
Romero, Claudio. “Ejes de gestión para la Tercera Edad”. Editorial: Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de Bs. As. Ubicación X-14-142


Volver al listado