LEY SIMPLE

Ley Simple es una versión en lenguaje claro de las normas que atraviesan la vida cotidiana de quienes habitan o visitan la Ciudad de Buenos Aires.
Se explica el contenido de las leyes en la forma de hablar de todos los días. También se sugiere bibliografía para  enriquecer el análisis de los temas abordados.
El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial.

Emergencia social y habitacional en villas y núcleos habitacionales transitorios (NHT) (Ley 148)

30/12/1998
Por: Zaffaroni, Eugenio

Plan de acción y creación de la Comisión Coordinadora Participativa para hacer frente a la problemática social y habitacional en las villas, núcleos habitacionales transitorios y barrios carenciados y marginados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿En qué consiste la norma?
La ley declara la emergencia social y habitacional de varios espacios de la Ciudad de Buenos Aires, como por ejemplo las villas 1/11/14, 10, 21/24, los núcleos habitacionales transitorios Eva Perón y Zavaleta, los barrios Rivadavia 1 y 2, Illia, Mitre, Calacita, Ramón Carrillo, los asentamientos "Piletones", el edificio del ex Padelai, aclarando que esta enumeración no excluye una ampliación posterior. 
Asimismo esta ley crea la Comisión Coordinadora Participativa (CCP) cuya finalidad es diagnosticar, planificar y proponer un seguimiento de políticas específicas direccionadas a estos espacios de la CABA. 

¿Quiénes integran la CCP? 
La comisión está integrada por miembros del Poder Ejecutivo de la Ciudad, representantes de la Legislatura Porteña y vecinos (cinco integrantes  de la Federación de Villas, Núcleos  y Barrios Marginados de la Ciudad (FEDEVI), 2 (dos)  representantes por barrio, comunidad  o asentamiento, cada vez que  se trate en particular la situación, los proyectos, el seguimiento y control de gestión y ejecución de cada una de las comunidades citadas anteriormente. 

¿Qué acciones debe llevar adelante la CCP? 
·        La regularización de los papeles de las tierras e inmuebles de las villas y núcleos habitacionales
·        La urbanización e integración de estos barrios al tejido social, urbano y cultural de la ciudad, mediante la apertura de calles, el desarrollo de infraestructura de servicios, la regularización parcelaria y la creación de planes de vivienda social
·        El fortalecimiento de la infraestructura de servicios y la recuperación de las áreas urbanas aledañas
·        El desarrollo de políticas sociales activas e integrales y el equipamiento sanitario, educacional y deportivo
 

Ver Ley
Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

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Bibliografias Relacionadas
GCBA. MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO. Modelo Territorial Buenos Aires 2010-2060 1° Ed. Buenos Aires MDU, 2011. 337 p. : ILS. FOTOS. PLANOS. CUADROS. Marco Normativo, La Ciudad Producida, La Ciudad Actual, la Ciudad Pensada, La Ciudad Tendencial, La Ciudad Deseada, La Ciudad Sustentable ISBN: 978-987-26328-5-4 Inv.:034753 S.T.:020-05-059 DGP ; Inv.:035258 S.T.:X-54-094 DGP


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