LEY SIMPLE

Ley Simple es una versión en lenguaje claro de las normas que atraviesan la vida cotidiana de quienes habitan o visitan la Ciudad de Buenos Aires.
Se explica el contenido de las leyes en la forma de hablar de todos los días. También se sugiere bibliografía para  enriquecer el análisis de los temas abordados.
El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial.

Coros (Ley 6583)

21/9/2023
Por: CORTINA, ROY | BARRETO, JESSICA

Promoción de la actividad coral

¿Cuál es el objeto de esta ley?

Promueve la actividad coral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del fomento y
difusión de sus distintos géneros y el apoyo a la labor de las directoras/res e integrantes de los
coros.

¿Que incluye la actividad coral?
 
? la interpretación de música coral,
? la composición y realización de arreglos,
? la conformación e integración de coros,
? la enseñanza del canto coral,
? la capacitación de las directoras/res de coro,
? los estudios e investigaciones sobre la materia coral,
? la publicación literaria, musical o audiovisual de obras artísticas o científicas de
música coral,
? las acciones de promoción de las organizaciones sin fines de lucro del sector,
? concursos y competencias de agrupaciones corales,
? las muestras, conciertos, giras nacionales e internacionales, encuentros y festivales de
coros.

¿Cuál es la Autoridad de Aplicación de esta ley?

El Poder Ejecutivo debe definirla.

¿Cuáles son las funciones de la Autoridad de Aplicación?

? Crear y actualizar el Registro de Coros para la inscripción de las agrupaciones corales y
las organizaciones sin fines de lucro del sector que tengan sede en el territorio
porteño.
? Relevar y difundir los eventos corales de carácter público y privado que tengan lugar
en la ciudad.
? Impulsar la participación de agrupaciones corales en los festivales musicales que
organicen o cuenten con el auspicio oficial.
? Fomentar los espacios de investigación, formación coral, la realización de concursos y
competencias de agrupaciones corales - muestras, conciertos, giras nacionales e
internacionales, encuentros, festivales y encuentro de coros-.

¿A quién puede convocar la Autoridad para asesoramiento en sus funciones?

La autoridad de aplicación puede formar una Mesa Consultiva con 2 representantes del Poder
Ejecutivo y representantes de las organizaciones sin fines de lucro del sector.

¿Qué es el Encuentro de Coros?

El Encuentro de Coros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es un evento anual para
generar intercambios entre agrupaciones corales de la Ciudad, exponer su labor artística y
difundir el canto coral en todas sus expresiones, incluso de otras provincias o países.

¿Cómo es la participación en el Encuentro de Coros?

Libre y gratuita.

¿Cómo se define la sede del Encuentro de Coros?

Se determina con criterio rotativo entre las distintas Comunas.

Ver Ley
Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

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Bibliografias Relacionadas

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