LEY SIMPLE

Ley Simple es una versión en lenguaje claro de las normas que atraviesan la vida cotidiana de quienes habitan o visitan la Ciudad de Buenos Aires.
Se explica el contenido de las leyes en la forma de hablar de todos los días. También se sugiere bibliografía para  enriquecer el análisis de los temas abordados.
El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial.

Salud Mental (Ley 448)

27/7/2000
Por: Campos, Rubén - Casabé, Jorge

Ley básica de Salud Mental

¿Cuál es el objeto de la Ley?

Garantizar el derecho a la salud mental

¿Cuáles son las garantías del derecho a la salud mental?
-Derecho a la salud integral
-El respeto a la singularidad de los asistidos
-Evitar modalidades terapéuticas segregacionistas que impongan al sujeto ideales sociales y culturales que no le fueran propios;
-La desinstitucionalización progresiva se desarrolla en el marco de la ley, a partir de los recursos humanos y de la infraestructura existente. A tal fin se implementarán modalidades alternativas de atención y reinserción social, tales como casas de medio camino, talleres protegidos, comunidades terapéuticas y hospitales de día;
-Pluralidad en concepciones teóricas en salud mental
-La internación SOLO CORRESPONDERÁ cuando no se pueda el tratamiento ambulatorio
-El Estado es garante de la salud mental individual y colectiva
-La intersectorialidad, el abordaje interdisciplinario, articulación operativa con otros sectores
-Hincapié en la reinserción social y comunitaria
-La salud mental es inescindible de la salud integral, y parte del reconocimiento de la persona en su integridad bio-psico-socio-cultural y de la necesidad del logro de las mejores condiciones posibles para su desarrollo físico, intelectual y afectivo;
-DERECHO AL TRABAJO, vivienda, educación, cultura, bienestar, etc

¿Cuáles son los derechos de las personas en relación al sistema de salud mental?

-Los establecidos por la Convención del derecho del niño, la Constitución Nacional y la de la Ciudad
-Identidad, pertenencia, su historia, dignidad, autonomía 
-Consideración de vínculos familiares
-A la no discriminación, a tener una información adecuada y a tomar decisiones respecto de su tratamiento
-Tratamiento personalizado
-Rehabilitación y reinserción laboral 
-Aplicación de la terapia alternativa más conveniente

¿Cuáles son las funciones de la autoridad de aplicación?

-Planificar, formular , ejecutar las políticas de salud mental
-Elabora el plan de salud mental
-Articula políticas con gobiernos provinciales, nacionales y municipales
-Habilita y controla los establecimientos y servicios de salud mental
-Crea y coordina el consejo general de salud mental. Este es honorario, consultivo y NO VINCULANTE.
-Potenciar la atención domiciliaria
-Recuperar la autonomía y la calidad de vida del paciente
-Formar equipos interdisciplinarios

¿Cuál es la función del Consejo General de Salud Mental?
-Formular políticas
-Evaluar el plan de salud mental

¿Cuáles son los criterios de subsector estatal?

-Pasar de un modelo hospital o céntrico  a uno nuevo
-Implementar una historia clínica ÚNICA
-Centralizar la información
-La actualización y perfeccionamiento del personal
-Internación de corto plazo

¿Qué ocurre con las personas externadas?

Contarán con supervisión y seguimiento de parte de equipos de salud mental. 

¿Cuál es el régimen de las internaciones?

-La decide siempre un equipo interdisciplinario
-Se apunta a la pronta recuperación y resocialización
-Solo sucede cuando no es posible el tratamiento domiciliario o ambulatorio previo dictamen judicial o de un equipo de salud mental
-Son renovables mensualmente
-Debe ser motivada
-La internación involuntaria solo se da cuando hay riesgos para terceros y con un dictamen médico previo,  urgente e imprescindible y ausencia de otro tratamiento eficaz.
-Se promueven, en la medida de lo posible, las salidas transitorias

¿Cómo es el régimen de las altas?
-Es considerada parte del tratamiento y NO la desaparición de un trastorno psíquico. 

Ver Ley
Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Informe Bianual 2014-2015. Comisión Especial de Seguimiento y Evaluación para el Cumplimiento de la Ley 448 de Salud Mental. Buenos Aires (ARGENTINA): LCABA 2015. 62 p. El presente informe es el fruto del trabajo colectivo producido por la Comisión de Seguimiento de la Ley 448 durante el año 2014 y el primer semestre de 2015. Inventario: 036434 Ubicación: F-80-032


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