Información complementaria: Esta ley forma parte de la Ley 1688, De prevención de la Violencia Familiar y Domestica, y suma el artículo 16 bis, que amplia los derechos para las víctimas de violencia de género
¿Cuál es el objetivo de esta Ley?
El objetivo es garantizar las vacantes escolares a las víctimas de violencia doméstica que necesiten cambiar a los niños, niñas o adolescentes a su cargo, de una escuela o centro de primera infancia, a otro centro similar, en el distrito escolar que la victima decida.
¿En qué momento puede solicitar el cambio?
En cualquier etapa del ciclo lectivo.
¿Que debe presentar la victima para hacer uso de este derecho?
La constancia de denuncia o intervención de la Oficina de Violencia Domestica (OVD) de los Centro Integrales de Atención, Juzgados Nacionales de Familia o cualquiera de las instituciones que cumpla estas funciones.
¿Que deben asegurar las áreas intervinientes?
Todas las áreas y autoridades que intervengan, deben garantizar la confidencialidad de la información.