LEY SIMPLE

Ley Simple es una versión en lenguaje claro de las normas que atraviesan la vida cotidiana de quienes habitan o visitan la Ciudad de Buenos Aires.
Se explica el contenido de las leyes en la forma de hablar de todos los días. También se sugiere bibliografía para  enriquecer el análisis de los temas abordados.
El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial.

Personas con Discapacidad - Vacantes Espacio Público (Ley 3522)

5/8/2010
Por: Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires

Personas con discapacidad - Vacantes en espacio público de la Ciudad - Comercialización y exhibición de productos y/o servicios

¿Qué derecho genera esta norma? 
Esta ley establece un cupo para personas con discapacidad para que puedan desarrollar actividades comerciales en eventos realizados en espacios públicos donde se lleven a cabo exhibición y/o comercialización de bienes y/o servicios en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. 
Específicamente la norma determina que en los lugares donde se desarrollen actividades culturales, comerciales y/o empresariales que requieran autorización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se debe reservar una vacante a personas con discapacidad o a sus familiares desocupados por cada 20 permisos que se otorguen

¿Cómo se solicitan estas vacantes? 
Las reservas se solicitarán ante la entidad organizadora del evento por Nota -o sistema que se establezca en cada caso- hasta treinta días antes del inicio de las actividades, en la que se detallará el tipo de actividad a desarrollar y a la que se acompañará el respectivo certificado de discapacidad.

¿Hay algún tipo de beneficio que se otorga a las personas con discapacidad además del cupo? 
Las condiciones para hacer efectiva la disponibilidad de las vacantes reservadas serán las mismas que para cualquier expositor o interviniente
Los espacios a asignar gozarán de un descuento del cincuenta por ciento en los cánones que se establezcan y garantizarán la visibilidad y accesibilidad física que posibiliten la eventual rentabilidad de la actividad y la permanencia del usuario con necesidades especiales que la desarrolle.

¿Que dependencia se encarga de aplicar esta norma? 
Varía de acuerdo a quien disponga las autorizaciones y condiciones para el funcionamiento de la actividad de que se trata.

Ver Ley
Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
TARZIA, Maria Verónica. EL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO POR LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. LÍMITES Y DESAFÍOS DE UN CASO ESTRUCTURAL DESAMPARADO En: ADA CIUDAD : Revista de la Asociación de Derecho Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires. Guillermo Scheibler. Año 5, no. 5 (DICIEMBRE 2013). Buenos Aires. Argentina. p. 243-266 ISBN: 978-987-23761-0-9 Inventario 34961 Ubicación 033-07-031


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