LEY SIMPLE

Ley Simple es una versión en lenguaje claro de las normas que atraviesan la vida cotidiana de quienes habitan o visitan la Ciudad de Buenos Aires.
Se explica el contenido de las leyes en la forma de hablar de todos los días. También se sugiere bibliografía para  enriquecer el análisis de los temas abordados.
El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial.

Personas ciegas - Transporte (Ley 3810)

2/6/2011
Por: Camps, Adrián

Instalación en todas las paradas de colectivos ubicadas en la Ciudad de Buenos Aires de un cartel en sistema braile de lectoescritura para personas ciegas que informe el número de línea correspondiente

¿Para que se sancionó esta norma? 
Para que todas las paradas de colectivos que se encuentren ubicadas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenten con un cartel en el sistema Braille de lectoescritura para personas ciegas, que informará el número de línea correspondiente.

¿Cuál es la autoridad de aplicación que deberá hacer cumplir esta normativa? 
El Ministerio de Desarrollo Urbano que se hace responsable de: 
: La reglamentación de la presente Ley.
: La evaluación de los presupuestos necesarios para su ejecución.
: La recepción de reclamos de los usuarios, la constatación de su veracidad y la implementación de las acciones necesarias para su solución.

¿Para que líneas de colectivos se habilitarán los carteles? 
Se incluyen a todas las líneas de colectivos que tengan paradas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aún aquellas que, en su recorrido, transiten zonas correspondientes al Conurbano Bonaerense.



Ver Ley
Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
TELLO, JULIO. A. En el mundo de los ciegos. Algunos Apuntes sobre su pedagogía. 2ª ED. -- BUENOS AIRES (ARGENTINA) : J.A.TELLO, 1939. 35 p. ESCRITO A MAQUINA POR : RICARDO C. RIOS COURTAUX (NO VIDENTE) Inventario 016160 Ubicación: F-07-262


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