LEY CLARA

Ley Clara es una versión en lenguaje directo de las normas que atraviesan la vida cotidiana para que el ciudadano conozca sus derechos y obligaciones. Mediante preguntas y respuestas trata de aclarar los principales contenidos de diversas leyes, evitando las palabras técnicas y la redacción complicada para traducirlas a la forma de hablar de todos los días. El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial. También se agrega bibliografía sugerida para acompañar y enriquecer el análisis de los temas abordados en Ley Clara.

Pueblos Originarios (Ley 2263)

14/12/2006
Por: Cantero, Fernando

Reconocimiento de los pueblos originarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el rol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de esta ley?

-Respetar el artículo 75 de la Constitución Nacional
-Reconocer la preexistencia de los pueblos originarios y de sus organizaciones
-Promover la preservación de su cultura
-Reconocer sus formas de organización fundando en el PLENO RESPETO de sus valores culturales, espirituales, sus modalidades de vida y su cosmovisión.
-Propiciar las capacidades y destrezas intelectuales y materiales de los pueblos originarios
-Garantizar que los descendientes de los pueblos originarios radicados en CABA puedan conservar, preservar y difundir su cultura y lengua

¿Como se registran los pueblos originarios?

-A través de la inscripción voluntaria en el registro de descendientes de pueblos originarios de la Ciudad de Bs.AS, donde constará sus datos personales y el pueblo del que descienden.
-También se crea el registro de organizaciones y comunidades de los pueblos originarios.

¿Qué función cumple la Comisión Permanente de Preservación de la cultura de los pueblos originarios?

-Verificar el cumplimiento de los objetivos de la ley
-Solicitar asesoramiento jurídico, artístico y técnico
-Junto con el Poder Ejecutivo otorgarán espacios y permisos necesarios para realizar actividades culturales como música, danzas, fiestas tradicionales, ceremonias ancestrales, ferias para obras de arte y artesanías y tratar de recuperar y defender la cultura indígena. También se realizarán conferencias y foros con este último propósito

Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
MANDRINI, Raúl J. Los pueblos originarios de la Argentina. La visión del otro. 1ª ED. 2ª Reimp. Buenos Aires (ARGENTINA): Editorial Universitaria de Buenos Aires (EUDEBA), 2005. 208 p. ISBN: 950-23-1318-6


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