¿Qué establece esta ley?
Que en los lugares de concurrencia masiva, tanto públicos como privados, es obligatorio contar con un desfibrilador externo automático (DEA)
Los establecimientos comprendidos por esta Ley deberán contar, en todo momento de actividad o permanencia de personas, con personal capacitado técnicamente para el uso de DEA, y promover el entrenamiento y capacitación de sus agentes en técnicas de resucitación cardiopulmonar (RCP) básica.
En caso de incumplimiento de la ley
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente será sancionado progresivamente con penas de:
a. Apercibimiento.
b. Suspensión del establecimiento de concurrencia masiva.
c. Clausura.