LEY CLARA

Ley Clara es una versión en lenguaje directo de las normas que atraviesan la vida cotidiana para que el ciudadano conozca sus derechos y obligaciones. Mediante preguntas y respuestas trata de aclarar los principales contenidos de diversas leyes, evitando las palabras técnicas y la redacción complicada para traducirlas a la forma de hablar de todos los días. El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial. También se agrega bibliografía sugerida para acompañar y enriquecer el análisis de los temas abordados en Ley Clara.

Amparo (Ley 2145)

9/11/2006
Por: Velasco, Juan Manuel - Melillo, Fernando

Ley de acción de amparo en la Ciudad de Buenos Aires

¿En qué consiste la acción de amparo?
- Es una acción expedita, rápida y gratuita
- Para plantearla no debe existir medio judicial más idóneo
- No se plantea contra actos emanados del Poder Judicial
- En la acción de daños y perjuicios no es admisible el amparo

¿Contra qué se plantea el amparo?
Contra todo acto u omisión de autoridades PÚBLICAS O DE PARTICULARES, QUE en forma ACTUAL O INMINENTE, lesione o restringa con ARBITRARIEDAD E ILEGALIDAD MANIFIESTA, derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional y de la Ciudad de Bs.As. y las leyes que se dicten en consecuencia y los Tratados internacionales.

¿Cuál es plazo para presentar el amparo? 
45 días hábiles contados a partir de que el afectado conozca la lesión o restricción. ( el tribunal supremo de la ciudad declaro inconstitucional ese plazo).

¿Se puede rechazar in limine el amparo?

Si, el juez puede hacerlo, dentro de los 2 días de presentando el amparo, cuando resulte MANIFIESTO QUE NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. EL magistrado también puede reconducir el tramite y empezar un proceso "normal". La parte debe adecuarse sí o sí, sino el proceso se archiva.  

¿Ante que fuero se debe presentar el amparo?
- Si es contra autoridades públicas en el fuero contencioso administrativo. EN estos casos el demandado tiene 10 días para contestar y ofrecer prueba
- Si es contra particulares, es en la JUSTICIA de primera instancia en razón de la materia. El demandado deberá responder en cinco días, prorrogables por otros 5.

¿Qué debe contener una demanda de amparo?
- Datos del accionante
- Individualización, en lo posible, del autor de acto contra el que va dirigida la acción
- Relación de la lesión con derechos y garantías tutelados
- La prueba (DOCUMENTAL, INFOTMATIVA, RECONOCIMIENTO JUDICIAL Y HASTA TRES TESTIMONIOS)
- En caso de amparo colectivo SE DEBE IDENTIFICAR AL GUPO AFECTADO

¿Pueden fijarse medidas cautelares?
Si, como accesorio al amparo debiendo resolverse dentro de los dos días de presentada la acción

¿Qué necesita la medida cautelar contra autoridades públicas para concederse?
-Verosimilitud del derecho
- Peligro en la demora
-Contra cautela
- No frustración del interés público 

¿El amparo puede pedir la inconstitucionalidad de una norma?
Si. Se debe correr vista al fiscal por un plazo de dos días.
 
¿Cuáles son las particularidades de los amparos colectivos?
-Se crea el registro público de amparos colectivos donde se consignarán los objetos de las pretensiones, los acuerdos homologados y las sentencias  
-Esto se efectúa para que las acciones con un objeto equivalente o que estén referidas al mismo derecho o interés colectivo y que puedan derivar en sentencias opuestas. En estos casos la causa se al primer juzgado interviniente.
-La actuación del Ministerio Público Fiscal es OBLIGATORIA
-Cualquier miembro del grupo afectado puede requerir la ejecución de la sentencia
- Pueden aparecer la figura del Amicus Curiae ( traducido literalmente como “amigo del Tribunal,” es un instituto del derecho procesal, que admite a terceros ajenos a una disputa ,a ofrecer opiniones para la resolución del proceso)


Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
ASOREY, Roberto Amparo en la Ciudad de Buenos Aires. Buenos Aires: AD-HOC, 2009. 173 p. ISBN: 978-950-894-722-2 Inventario: 034065 Ubicación: 020-08-056


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