¿Cual es el objetivo de esta ley?
Esta ley crea el Torneo Argentino de Deportes Urbanos y Nuevas Tendencias (TADU).
¿A que se consideran deportes urbanos y nuevas tendencias?
La ley define como deportes urbanos y nuevas tendencias a todos los deportes de riesgo controlado, que vinculan el ocio y el deporte, se practican al aire libre en espacios y condiciones determinadas por la ciudad, en lugares cubiertos, semi cubiertos o lugares condicionados.
¿Cuál es la autoridad de aplicación de esta ley?
El texto de la ley no lo especifica, pero determina que el Poder Ejecutivo (Jefe de Gobierno) debe establecer qué organismo se encarga de controlar el cumplimiento de esta norma.
¿Qué áreas de la Ciudad abarcaría el desarrollo del TADU?
La autoridad de aplicación determina las locaciones aptas para el TADU, y en forma preferencial se usan las zonas de micro centro y macro centro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, delimitadas entre las avenidas Córdoba, Callao, Entre Ríos, Belgrano, Alem y Paseo Colon.
¿Qué actividades incluye en TADU?
Skate en sus diferentes modalidades; Longboard; Parkourd o arte de desplazamiento; BMX en sus diferentes modalidades; Escalada deportiva; Break dance; Roller; Futbol urbano; Básquet urbano; Hockey urbano.
¿A quienes se convocan para la organización del TADU?
La autoridad de aplicación puede convocar a las organizaciones o asociaciones que nuclean o impulsan estas actividades para la planificación y realización del torneo.
¿Pueden participar las provincias?
La autoridad de aplicación debe promover la participación de representantes de las distintas provincias argentinas en el TADU.
¿A quienes se convocan como jurados?
La autoridad de aplicación puede convocar a los máximos referentes de cada disciplina para la integración de los jurados para que definan a los ganadores de cada una de las competencias.