¿En qué consiste esta ley?
En la obligatoriedad del expendio de preservativos en bares, confiterías, restaurantes, teatros, locales de baile, clubes de música en vivo y todo otro lugar habilitado para espectáculos públicos.
¿Cuáles son las tareas de los responsables de los locales?
El responsable del local debe asegurar la provisión permanente de preservativos en máquinas expendedoras ubicadas en los baños de hombres y mujeres. En caso de no poseer máquinas expendedoras debe expender preservativos en la caja, boletería o administración del lugar y debe fijar un cartel claramente visible en los baños de hombres y mujeres donde indique el lugar en que se venden los preservativos dentro del local.
Máquinas expendedoras
Las máquinas que expendan preservativos o en su defecto los carteles deben mostrar un instructivo sobre el uso del preservativo y las medidas para evitar el contagio del VIH/SIDA.