LEY CLARA

Ley Clara es una versión en lenguaje directo de las normas que atraviesan la vida cotidiana para que el ciudadano conozca sus derechos y obligaciones. Mediante preguntas y respuestas trata de aclarar los principales contenidos de diversas leyes, evitando las palabras técnicas y la redacción complicada para traducirlas a la forma de hablar de todos los días. El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial. También se agrega bibliografía sugerida para acompañar y enriquecer el análisis de los temas abordados en Ley Clara.

Residuos peligrosos de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 2214)

7/12/2006
Por: Rabinovich, Alejandro

Normas para el tratamiento y disposición final de residuos peligrosos en la Ciudad.

¿Que aspectos de los Residuos Peligrosos regula esta norma? 
La generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿A que considera Residuo Peligroso esta ley? 
La ley en su Anexo I y II cita un número importante de Residuos Peligrosos. Algunos de ellos son: 

- Desechos resultantes de la producción y preparación de productos farmacéuticos.
- Desechos de medicamentos y productos farmacéuticos para la salud humana y animal.
- Desechos resultantes de la producción, la preparación y la utilización de disolventes orgánicos.
- Desechos que contengan cianuros, resultantes del tratamiento térmico y las operaciones de temple.
- Mezclas y emulsiones de desecho de aceite y agua o de hidrocarburos y agua.
- Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos químicos y materiales para tines fotograficos.
- Desechos que contengan berilio, cobre, zinc, arsénico, cadmio, plomo, entre otros 
- Que sean explosivos, inflamables, susceptibles de combustión espontánea, corrosivos, tóxicos (venenos) agudos, que liberen gases tóxicos en contacto con aire o agua, entre otros 

¿Qué tipo de residuos quedan exclúidos de la presente normativa? 
- Los residuos sólidos urbanos.
- Los residuos patogénicos.
- Los residuos radiactivos.
- Los residuos derivados de las operaciones normales de los buques y aeronaves regulados por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia, a excepción de aquellos residuos peligrosos generados por los buques y aeronaves en territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué objetivos se propone esta ley? 
Que se lleve adelante una gestión ambientalmente adecuada de los residuos peligrosos.
Que se minimicen en cantidad y peligrosidad los residuos peligrosos generados.
Que se promueva la recuperación, el reciclado y la reutilización de los residuos peligrosos.

¿Que prohibe determinantemente esta norma? 
Que se abandonen los residuos peligrosos, así como toda mezcla o dilución de los mismos que imposibilite la correcta gestión. El vertido o la eliminación de residuos peligrosos, solamente será permitido en las condiciones fijadas en la normativa ambiental vigente.
También establece que toda actividad que involucre manipulación, tratamiento, transporte y/o disposición final de residuos peligrosos, debe contar con evaluación de impacto ambiental según lo determina la Ley N° 123 (ver Ley Simple sobre el tema) 

¿Qué se entiende por "actividad generadora de residuos peligrosos"?
Es aquella etapa o etapas de producción o servicios, que den lugar a la generación de residuos peligrosos.
En el caso de procesos industriales la actividad es considerada desde el ingreso de la materia prima o insumo, hasta la salida del producto terminado o semiterminado. 
En el caso de las actividades de servicio toda acción o prestación que involucre la generación de residuos peligrosos.

¿ A qué se llama "cuerpo receptor"? 
Es donde tienen destino final los residuos peligrosos, como las aguas superficiales continentales, las aguas subterráneas, los mares y océanos, la atmósfera y los suelos.

¿Qué es la "gestión de residuos peligrosos"? 
Es el conjunto de acciones independientes o complementarias entre sí, que comprenden las etapas de generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento, recuperación, reciclado, disposición final y reutilización de residuos peligrosos.
 
¿En que consiste el tratamiento de los residuos peligrosos? 
Es toda operación destinada a modificar las características físicas, químicas y/o biológicas de los residuos peligrosos a fin de tornarlos menos riesgosos para su manejo, reciclado o disposición final.

¿Qué organismo de la Ciudad es el que ejerce el control y por ende aplica esta normativa? 
Actualmente el Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad, que además es asistido por el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos 
El Ministerio debe: 

- Ejercer el control y fiscalización de la generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos generados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Dictar las normas complementarias necesarias para el efectivo cumplimiento de la presente ley.
- Implementar y llevar los Registros previstos en la presente ley.
- Establecer y revisar periódicamente los límites de vertido y emisión de residuos peligrosos, 
- Elaborar un Plan Local de Gestión de Residuos Peligrosos, privilegiando a las formas de tratamiento que impliquen el reciclado y reutilización de los mismos, y la incorporación de tecnologías más adecuadas desde el punto de vista ambiental, y promoviendo el tratamiento de los mismos en el lugar donde se generen.
- Fomentar la concientización de la comunidad en la materia objeto de la presente ley.
- propiciar convenios y acuerdos con otras jurisdicciones que garanticen un ámbito de cooperación y coordinación para el efectivo cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
- Elaborar y actualizar un mapa de generadores y operadores de residuos peligrosos.

¿Qué tipo de cerfificado deben tramitar quienes generen residuos peligrosos en la CABA? 
El Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos es el instrumento que acredita, en forma exclusiva, la aprobación de la gestión de los residuos peligrosos. 
Se renueva cada dos (2) años y será otorgado o denegado por el Ministerio de Ambiente y Espacio Público

¿Qué obligaciones tienen los generadores de residuos peligrosos? 
- Adoptar medidas tendientes a minimizar la generación de residuos peligrosos.
- Separar adecuadamente y no mezclar residuos peligrosos incompatibles entre sí.
- Envasar los residuos de forma segura, identificar los recipientes y su contenido.
- Almacenar los residuos peligrosos hasta su transporte y/o tratamiento dentro del plazo fijado por la autoridad de aplicación y en las condiciones apropiadas de seguridad que ésta establezca.
- Asegurar el correcto transporte, tratamiento, manipulación y/o disposición final de los residuos peligrosos.




Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
URETA SÁENZ PEÑA, Javier. La basura puede no ser un problema. Una gestión eficiente de los residuos. 1° ED. -- Buenos Aires (ARGENTINA): URETA SÁENZ PEÑA, JAVIER, [s.f.]. 192 p. ESTE LIBRO ES EL PRODUCTO DE UNA COORDINACIÓN GENERAL DEL CONTROL AMBIENTAL EFECTUADO POR LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PORTEÑA (APRA) También busca inspirar cambios para que todos hagamos un mejor uso de nuestros residuos e implementar las prácticas de reciclado de los desechos obtenidos, entre otros aspectos. A lo largo de estas páginas podrán descubrir las diferentes etapas que involucra el proceso de gestión de cada corriente de residuos, desde la generación hasta la disposición final, pasando por la disposición inicial, la recolección y el tratamiento. Inventario 036266 Ubicación: 021-07-019


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