¿Qué ordena esta Normativa?
La incorporación a la página web del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires del Sistema Único de Redes Culturales, destinado a difundir la oferta cultural en sus diversas expresiones.
¿A los efectos de esta Ley que se entiende por ACTIVIDAD CULTURAL?
Es toda manifestación, empresa o actividad artística en cualquiera de en cualquiera de sus expresiones que se desarrolle en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos en forma INDEPENDIENTE a las estructuras o programas oficiales de producción.
¿Cómo funciona el SUREC?
Es un dispositivo multimedia que aloja a links o enlaces que redireccionen al usuario hacia los sitios web de las producciones culturales.
Además el SUREC se subdivirá en aéreas correspondientes a diversos tipos de manifestaciones culturales (Teatro, Música, Cine, entre otros)
¿Quiénes ingresan al SUREC?
- Personas FÍSICAS o JURÍDICAS (EL RESPONSABLE del trámite deber ser una persona física siempre)
- Acreditar domicilio
- Acreditar personería o identidad
¿Qué debe contener la solicitud de ingreso?
- Descripción detallada de la actividad cultural.
- Virtudes y méritos que justifiquen su inclusión en el sistema
- Reseña de la trayectoria profesional de cada uno de los involucrados
¿Quién evalúa la solicitud?
El Ministerio de Cultura de la Ciudad, que es la autoridad de aplicación de esta ley.