LEY CLARA

Ley Clara es una versión en lenguaje directo de las normas que atraviesan la vida cotidiana para que el ciudadano conozca sus derechos y obligaciones. Mediante preguntas y respuestas trata de aclarar los principales contenidos de diversas leyes, evitando las palabras técnicas y la redacción complicada para traducirlas a la forma de hablar de todos los días. El servicio tiene fines didácticos y no pretende reemplazar a la ley en su versión oficial. También se agrega bibliografía sugerida para acompañar y enriquecer el análisis de los temas abordados en Ley Clara.

Impresoras con sistema de lecto y escritura con Braille (Ley 133)

14/12/1998
Por: Dora, Martina

La incorporación de impresoras con sistema de lecto - escritura Braille en la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo

¿Qué implementa esta ley? 
La incorporación de impresoras con sistema de lecto - escritura Braille en la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, a los efectos de entregar la información y documentación pertinente, impresa en Braille, a quien lo solicite.
Asimismo, se incorpora en este plan a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario, a efectos de enviar a domicilio las boletas para el pago de impuestos, tasas, contribuciones y servicios, impresas en dicho sistema, a requerimiento, en un único trámite, de los contribuyentes y usuarios que acrediten discapacidad visual.

Los contratos de adhesión de servicios públicos, en los que tenga competencia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra documentación relacionada con los mismos, como así también los contratos y facturas emitidas por las empresas adjudicatarias de toda nueva concesión de servicios públicos deberán encontrarse a disposición de todos los contribuyentes y usuarios que acrediten discapacidad visual y que así lo requieran, en un único trámite, en el sistema Braille.

¿ qué criterio se aplica a las empresas privadas prestadoras de servicios? 
Las empresas que presten servicios públicos en la Ciudad deberán adherir a lo dispuesto en el artículo anterior respecto de los contratos y las facturas que remiten a sus usuarios.

Texto de la Ley
Dirección General de Archivo Legislativo y Documentación - CEDOM

Información temporalmente no disponible.

Bibliografias Relacionadas
Prignano, Angel Oscar. UNA HISTORIA DE RELIEVE. BIBLIOTECA ARGENTINA PARA CIEGOS; 1924 - 2004. OCHENTA AÑOS DE SERVICIOS. -- BUENOS AIRES (ARGENTINA) : PRIGNANO, ANGEL OSCAR, 2004. 63 p. : IL. ( FOTOS ) Inventario 027057 Ubicación: 050-04-043


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